DISPOSITIVA
En atención a las argumentaciones antes señaladas; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano LUIS GERARDO MARTINEZ BALOA asistido por el abogado, ENRIQUE EBRAIN REPUEZA; en contra del Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua; todo ello de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS GERARDO MARTINEZ BALOA en la causa signada con el N° 4J-3017-2023, en contra del Juzgado Cuarto (4°) de Juicio de este Circuito Judicial Penal, todo ello, en virtud que los acciona.....