DISPOSITIVA
Por todo lo antes expresado, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: HOMOLOGA el Acuerdo Conciliatorio con las Obligaciones pactadas anteriormente detalladas por el plazo de cumplimiento de QUINCE (15) días, en la causa seguida al adolescente XXXXX, deberá prestar una labor social en el CONSEJO COMUNAL JABILLAR CENTRO, que queda ubicado en la JABILLAR CENTRO, MUNICIPIO SANTOS MICHELENA, ESTADO ARAGUA, la cual deberá ser supervisado por dicho Consejo Comunal, a cumplir por un lapso de Un (01) mes y QUINCE (15) días, por una jornada de Cuatro (08) horas semanal por un total de (16) horas, y 2) El adolescente antes mencionado, deberán realizar un trabajo de forma individual manuscrito, cuya extensión no deberá ser menor de Cinco (05) paginas, sobre (PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, TIPOS,.....