Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la decisión definitiva dictada en fecha 20/01/2006, por el por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos.. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN INTERPUESTA; y en consecuencia se declara: SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos JOSÉ BAUSTE, MIGUEL HERES, JESÚS MARTÍNEZ, IRIS BRITO y OLGA GONZÁLEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad.....