Se declaró PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada GILMA BETTY, Inpreabogado N° 15.698, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 14 de junio del año 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio por Enfermedad Ocupacional, incoado por el ciudadano PEDRO MOTA contra la sociedad mercantil INVERSIONES PEREIRA NIÑO, C.A.. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE OCHOA, Inpreabogado N° 67.254, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.