Por lo antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia impartida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida preventiva cautelar solicitada por la parte actora en su demanda.
No prejuzga este Tribunal con la presente decisión sobre el fondo de la causa, ni posibles solicitudes de medidas preventivas que en un futuro puedan hacer las partes, sino sobre lo aquí analizado.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ
DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO.
LA SECRETARIA,
ABG. BETHSI RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publicó siendo las 3:30 p.m
LA SECRETARIA, .....