DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Desistido El procedimiento en la presente causa incoada por ciudadana FRINA COROMOTO CRESPO TOVAR, cédula de la identidad No.16.733.669 contra la entidad de trabajo COORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD).
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo el expediente, una vez transcurrido el lapso para ejercer el recurso de ley, y como consecuencia se ordena la devolución de las pruebas promovidas por las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la sentencia. Dada, firmada y sellada en la sede del despacho del Tercero de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veinticinco días de abril de dos mil catorce.
LA JUEZA
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