Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ENOC JARED CHAVEZ FEBRES, titular de la cédula de identidad No.17.800.738 y condena a la demandada MANUFACTURAS JEANS PINTO CA a pagar la cantidad de BOLIVARES DOS MIL DOSCIENTOS NUEVE CON 490/100 CENTIMOS (Bs.2.209,490) por los conceptos antigüedad, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas y horas extras.
Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida.
Asimismo, se ordena una experticia complementaria del fallo, que efectuará un experto contable designado al efecto por este Tribunal; la cual formara parte integrante de la sentencia, de conformidad a lo establecido.....