PRIMERO: INADMISIBLE LA NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO presentada por la Abogada IXORA GOMEZ en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PARIS TAXI. C.A., Inscrita por ante el registro mercantil Segundo del Estado Aragua, en fecha 21 de Febrero de 2005, bajo el N° 66, Tomo 08-A, en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA; N° 266-10, de fecha 15 de Marzo de 2010 emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS, GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA.- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre de Dos Mil Diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. NIDI.....