IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la abogado SONIA FERNANDEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 57.815, en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil "PEPSICO ALIMENTOS, C.A.", quien ejerció acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00070-10, expediente N° 009-2010-06-00197, de fecha 18 de noviembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos; interpuesto por el ciudadano FRANKLIN RIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 15.037.270, plenamente identificado a los autos.