PRIMERO: IMPROCEDENTE impartir la Homologación formulada mediante escrito de fecha 14 de agosto de 2012, por el profesional del derecho, ciudadano JOSE LEOPOLDO GUTIERREZ; antes identificado; en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadano: JOSE GUILLERMO GUINAND, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.438.760; así como también por el profesional del derecho, ciudadano: RAFAEL DALIS FREITES, antes identificado; actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionada, sociedad mercantil FERRETERIA Y MATERIALES CORINSA C.A.; ello en aras de preservar el derecho a la defensa, la seguridad jurídica y el debido proceso en el asunto que ha sido sometido a consideración de esta Juzgadora. Y así se decide.