Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud y ordena en forma sumaria la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana LADYS ELENA ARAVICHE HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.576.524, donde dice: "Aura Enriquez", debe decir: "Aura Henriquez". En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Lagunillas del estado Zulia, y al Registrador Principal del estado Zulia, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el acta de nacimiento de la ciudadana LADYS ELENA ARAVICHE HENRIQUEZ, up supra mencionada, la cual quedó anotada bajo el Acta N° 1.469, de fecha 12 de junio del año 1.959, en los libros de nacimiento de la Prefectura del Municipio Lagunillas, Distrito Bolivar del estado Zulia.