Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el convenimiento celebrado en el presente juicio con motivo de la demanda por Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma, seguido por el ciudadano JUAN CARLOS PAWLAK, identificado con la cédula de identidad N° V-15.122.648, asistido por la abogada GREIDHY VANESSA QUINTANA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131.672, contra los ciudadanos YOLANDA PAGLIARELLA VIUDA DE GRECI Y ACHILLE GRECI (FALLECIDOS), la primera quien era titular de la cedula de identidad N° E-604.590, y el segundo quien se identificaba con el pasaporte N° 11181656-P, y VINCENZO GRECI PAGLIARELLA, identificado con la cedula de identidad N° V-12.096.389, asistido en este acto por el abogado ALFONSO LAYA URIB.....