DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITEN los recursos de apelación, siendo EL PRIMERO por la ciudadana GLORIA GARCÍA, en su carácter de VICTIMA-QUERELLANTE, asistida por el ABG. CARLOS RODRIGUEZ, y EL SEGUNDO, por la ciudadana GLORIA GARCÍA, en su carácter de VICTIMA-QUERELLANTE, asistida por el ABG. CARLOS RODRIGUEZ, ambos en contra de la decisión dictada en fecha siete (07) del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026) y publicada en la misma fecha por el TRIBUNAL QUINTO (05°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL EST.....