En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana LIGIA DANGELIX GIMENEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-28.334.821, asistida en este acto por el abogado MARILU CAICEDO, inscrita debidamente en el Inpreabogado N° 166.865, Defensor Público Provisorio N° 01, Adscrita a La Defensa Pública Del Estado Aragua, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador del Registro Civil del Municipio Girardot, del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta 650, Año: 2002, Tomo: N° 2-B; por lo debe entenderse entonces que el nombre de su padre debe corregirse y leerse: "A.....