En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio por desafecto formulado por la ciudadana ROSMARY ANDREINA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.864.121, en contra del ciudadano CESAR KAYUSAY HERNANDEZ LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.609.217.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y contraído por ante el REGISTRO CIVIL, DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio Nro. 25, Folio 25, Tomo A, de fecha 27 de Enero del año 2.017.
TERCERO: La pres.....