Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos DANIEL ALEJANDRO HERRERA PARISI y ROSA MARIA BRITO PERNIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos 12.612.285 y 13.954.800, identificados en autos el día "20 de febrero de 2004", por ante la Primera Autoridad del Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry, bajo el Nº 054, Tomo "B", Año 2004.-