DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA HELENA LOPEZ ORTIZ, colombiana, titular de la cedula de identidad N° E-82.148.112, asistida por el abogado LUIS MERCEDES HERNANDEZ, Inpreabogado N° 101.351, en contra del ciudadano PEDRO DAVID LOPEZ ORTIZ, colombiano, titular de la cedula de identidad N° E-81.961.260, por REIVINDICACIÓN.
Por haber resultado totalmente vencida la parte demandante, se le condena al pago de las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DE.....