Conforme con esto este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en ejercicio de normas constitucionales previstas en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de las normas establecidas en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, imparte la homologación al desistimiento presentado solo por el ciudadano GENARO PEÑALOZA, antes identificado, en virtud de que no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público; dándole efecto de cosa juzgada y continuará el procedimiento respecto de los codemandantes YANDRIS ANISET ARIAS VERASTEGUN, JULIO NÉSTOR VIERA GERDEL, YELITZA DEL CARMEN MUÑOZ MADRIZ, ROSA ELIZABETH UTRERA OSORIO, WILLIAM RAFAEL PONCE, TITO ARTURO GONZÁLEZ MOLINA, ELSI JANETT TORRES FLORES, YRMA DESIREE TANCO CONTRERAS, JESÚS ALEJANDRO RANGEL FRANCO, GABRIEL ANTONIO MADDIA OCHOA Y NERIEL DE LA MAR LIENDO MONZON, venezolanos mayores de edad.....