Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: INADMISIBLE la presente demanda por motivo de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL DE TITULO SUPLETORIO, incoada por las ciudadanas SANTA LUZMARY HERRERA TORREALBA, MARIA DE JESUS APARICIO PEREZ, ANA VICENTA TORREALBA GARCIA, ZULEIMA DEL CARMEN GARCIA MARIN, BETULIA MARINA CASTELLANO PARADA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.426.089, V-5.152.502, V-8.912.495, 12.475.644 Y V-5.743.922, asistidas por los abogados en ejercicio LEUDYS GERMAN UTRERA OLIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 151.830 y YAIR INOCENCIO PEREZ BERMEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.563, en contra de la ciudadana CARMEN YADIRA BASTIDAS BATATIN, venezolana, mayor.....