V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la recusación propuesta por el abogado KERVIS WLADIMIR OSCAR NUÑEZ GOTTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.924, apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JORGE RAD AZMOUZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.502.174, en contra de la Juez Provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Dra. LUZ MARIA GARCIA, señalándose igualmente que debe seguir conociendo del expediente signado con el Nº 48245, nomenclatura interna de ese Juzgado.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 de.....