DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida al ciudadano, (plenamente identificado) de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, y 318 ordinal 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se Decreta la Libertad Plena. Notifíquese a las partes, Líbrese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA,
ABG. RAIZA MEJIAS.-