Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada VIVIANA FAJARDO, en su condición de Defensora Pública del ciudadano RICARDO JOSE CASTILLO BENAVIDEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 14-02-2018, en la causa signada bajo el Nº 8C-23.702-18, que entre otros pronunciamientos decretó la Medida Privativa Preventiva Judicial de Libertad del ciudadano RICARDO JOSE CASTILLO BENAVIDEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código.....