DISPOSITIVA
En ese sentido este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES 0220, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 22 de marzo de 2.002, bajo el Nº 21, Tomo 143-A en contra de la Sociedad Mercantil YERBABUENA CAFÉ & BAR C.A., domiciliada en Maracay, estado Aragua e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 05 de mayo de 2.004, anotado bajo el Nº 59, Tomo 23-A.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, Sociedad Mercantil YERBABUENA CAFÉ & BAR C.A., a:
1) Entregar a la parte actora el inmueble objeto de la relación arrendaticia.....