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Decisiones del dia 02/11/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 13917 N° Sentencia : Fecha: 02/11/2015
Procedimiento:
Interdicto Por Despojo
Partes:
PARTES DEMANDANTES: CHEN WEIFENG Y YUN YUN DIANA ELIZABETH ABOGADO APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: OSCAR EMILIO ARAGUAYAN MILLAN Y BAUDILIO MEZA, INSCRITOS EN EL IPSA BAJO LOS NROS. 30.002 Y 84.992, RESPECTIVAMENTE. DEMANDADOS: ELISEO BASTIDAS, FABRICELO FIGUERA, ROSA RONDON, CENOVIA BENAVIDEZ, MAXIMILIANO BELLORIN, CARLOS EDUARDO COVA, JAULIS RODRIGUEZ, ANA CECILIA PACHECO DE PEREZ, MARO AGUSTO VILLAMIZAR, LLIBETH RAMOS, JULIO CAMPOS, ROSANNY ZARAGOZA, ALIDA PEREZ, JOSE MOGOLLON Y HECTOR
Resumen:
ÚNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que:" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 30/11/2009, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes, compareciendo los apoderados de los demandantes y consignó 43 fotografías a los fines de agregarlas en autos y por cuanto se observa que desde la fecha antes indicada y hasta la presente ha trans.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 14623 N° Sentencia : Fecha: 02/11/2015
Procedimiento:
Interdicto Por Despojo
Partes:
PARTES DEMANDANTES: CHEN WEIFENG Y YUN YUN DIANA ELIZABETH ABOGADO APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: OSCAR EMILIO ARAGUAYAN MILLAN Y BAUDILIO MEZA, INSCRITOS EN EL IPSA BAJO LOS NROS. 30.002 Y 84.992, RESPECTIVAMENTE. DEMANDADOS: ELISEO BASTIDAS, FABRICELO FIGUERA, ROSA RONDON, CENOVIA BENAVIDEZ, MAXIMILIANO BELLORIN, CARLOS EDUARDO COVA, JAULIS RODRIGUEZ, ANA CECILIA PACHECO DE PEREZ, MARO AGUSTO VILLAMIZAR, LLIBETH RAMOS, JULIO CAMPOS, ROSANNY ZARAGOZA, ALIDA PEREZ, JOSE MOGOLLON Y HECTOR
Resumen:
ÚNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que:" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 02/03/2012, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes y hasta la presente ha transcurrido más de un año, razón por la cual resulta aplicable la Perención de instancia prevista en el articulo antes referido.- En virtud de las razones expuestas,.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 13558 N° Sentencia : Fecha: 02/11/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTES DEMANDANTE: MELIDA BRITO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 8375.346 ABOGADO APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: LIBIA DEL VALLE CALDERIN GUZMAN, INSCRITA EN EL IPSA BAJO EL NRO. 74.284. DEMANDADO: FELIX ANTONIO CAMPOS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 8.378.818
Resumen:
ÚNICA El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, literalmente establece que:" toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado durante ello ningún acto de procedimiento", y el Artículo 269 eiusdem establece que la perención se verifica de pleno derecho. La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador. En el caso que nos ocupa, evidencia este Juzgador que no solo ha transcurrido más del año previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como lapso para que sea procedente la Perención de la Instancia, sino que desde el 24/05/2010, fecha en que se verificó la última actuación atinente a las partes, compareciendo la parte demandada para solicitar el desglose de los originales de letras de cambio, lo que este tribunal negó por cuanto no fue el quien consignó los mencionados originales y por c.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

N° Expediente : 15745 N° Sentencia : Fecha: 02/11/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
PARTE INTIMANTE: TAHIS ALEXANDRA ÀLVAREZ CHACÒN, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 16.380.632. ABOGADA ASISTENTE: MARÌA LUISA VALDEZ RUIZ, VENEZOLANA, MAYORES DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 11.844.132, INPREABOGADO NRO. 77.482. PARTE INTIMADA: SOCIEDAD MERCANTIL PULVERIZADORA DE MINERALES S.A., (PULMINSA) DOMICILIADA EN MATURÌN, ESTADO MONAGAS Y CONSTITUIDA CONFORME A DOCUMENTO INSCRITO ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCI
Resumen:
Del análisis en referencia se desprende sin lugar a dudas después de un examen In limine litis lo siguiente: Primero.- Se pretende accionar contra dos personas jurídicas distintas con unas supuestas letras de cambio distintas. Segundo.- Establecen como domicilio de las sociedades demandadas la ciudad de Maturìn. Tercero.- Se observa asimismo, que no se indica el lugar de pago en las Letras de Cambio, requisito indispensable para que valga como tal. En consecuencia a ello no hay forma de determinar, a través del contenido mismo del instrumento cambiario, donde debió ser pagado, en tal virtud no nace la letra como tal. Ahora bien, resulta contrario a derecho demandar a distintas personas jurídicas en virtud de obligaciones distintas en una sola demanda; se desprende del libelo y de los documentos acompañados que las sociedades mercantiles demandadas no están domiciliadas en la ciudad de Maturìn; por último los títulos acompañados como fundamento de la acciòn incoada les falta el req.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
arriba

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