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Decisiones del dia 03/10/2006 |
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N° Expediente :
AP21-L-2006-001070
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/10/2006 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: TEODULIA PIÑERO OROPEZA CONTRA INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO, DE LA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR |
Resumen:
Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se deja constancia que en este mismo acto, que se ordenara el cierre y archivo del presente expediente, una vez que conste en autos el pago aquí acordado, asimismo
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Juez/Ponente:
José Gonzalez
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Organo:
Juzgado Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
478
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/10/2006 |
Procedimiento: Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale |
Partes: RAFAEL EMILIO MÁRQUEZ Y OTRO VS. SOCIEDAD MERCANTIL BANESCO (BANCO UNIVERSAL) |
Resumen:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la empresa mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la sentencia en la que se declaró Con Lugar la estimación e intimación de honorarios profesionales, formulada por los Abogados Rafael Emilio Márquez, Antonio J. Puppio G., Carlos Humberto Cisneros Yépez, Rodrigo Gerd Krentzien Álvarez, emitida en fecha 17 de marzo del 2006, por el a quo. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido por las razones expuestas en el presente fallo. En consecuencia el Juez de la causa, una vez firme la presente sentencia fijará la oportunidad para el nombramiento de los Jueces Retasadores. TERCERO: Dada la naturaleza de la acción, no hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo .....
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Juez/Ponente:
Manuel Puerta
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Organo:
Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
37067
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/10/2006 |
Procedimiento: Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale |
Partes: ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ FLORES VS ETOLIA DE INVERSIONES C. A., |
Resumen:
este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO, tanto del procedimiento como de la acción, formulado en fecha 07 de agosto de dos mil seis (2006), dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo ordena expedir por Secretaría dos (02) juegos de copias certificadas del escrito presentado en fecha 07 de agosto de 2006, por las partes, y de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
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Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
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Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
43032
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N° Sentencia :
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Fecha: 03/10/2006 |
Procedimiento: Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale |
Partes: RAIZA SALAZAR AROCHA Y LISETTE C. VILLAMEDIANA CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA ANCLEMY, C.A |
Resumen:
Vista la diligencia de fecha 22 de septiembre de 2006, suscrita por el ciudadano OTTO GRANADILLO E., la cual riela al folio 130, quien actúa en su carácter de experto grafotécnico designado en el juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES tienen incoado las ciudadanas RAIZA SALAZAR AROCHA y LISETTE C. VILLAMEDIANA contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA ANCLEMY, C.A, donde por una parte solicita la entrega de los documentos sobre los cuales ha de versar la prueba de cotejo, y por la otra, se le otorgue un plazo de diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha de recibido el documento para consignar el informe de experticia, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena el desglose del documento original que riela a los folios 46 al52, previa la debida certificación en autos. Desglósese documento original.
Asimismo, se le concede al experto designado supra mencionado, un plazo de diez (10) días de despacho contados a.....
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Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
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Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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