/Se declara CON LUGAR la presente solicitud, quedando disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial habido entre los ciudadanos FANNY DOMENICA ASSALONE RAMIREZ y ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro V-9.168.058 y V-6.891.161 respectivamente, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 21/121996. Acta Nº 235. El padre suministrará el monto de SEIS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 6.000,oo), monto que se ajustará mediante acuerdo entre el padre y la madre cuando sea necesario, o si no existiere ese acuerdo, los primeros días del mes de enero de cada año en forma automática y proporcional, adicionalmente el padre asumirá los gastos relacionados con las vacaciones del niño (navidad, carnaval, semana santa y escolares) según el caso, y mantendrá una póliza de seguros de hospitalización, cirugía y asistencia médica a favor de su hijo.