PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana YLLERMINA TERESA ROSALES CELIS, titular de la cedula de identidad Nº; V-20.990.524, asistida por el abogado JESUS MANUEL PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 196.665, en su carácter de Compradora, y los ciudadanos: YLLERMINA TERESA CELIS DE GOMEZ y JOSE GARIB GOMEZ FEBRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.214.462 y V-635.366, respectivamente, en su carácter de vendedores.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento privado contentivo de compra venta sobre un inmueble propiedad de los demandados, cuyas características son: sobre un inmueble constante de unas bienhechurías propiedad de los demandados, cuyas características son: un (1) Porche, un (1) recibo, un (1) comedor, una (1) cocina con revestimiento de tablillas y sus puertas de madera, tres (3) habitaciones con closet de madera, dos (2) baños, revestidos d.....