Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DE LOS SOLICITANTES DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos EDGAR JUNIOR BADILLO ONTIVEROS y YULEYDIS VIRGINIA BLANCO TESORERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-13.951.717 y V-12.170.735, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada JUAN MANUEL RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 155.657, todo de conformidad con el criterio jurisprudencial establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 693, de fecha 02 de Junio de 2015, en el expediente N° 12-1163, en concordancia con la sentencia de la Sala de Casación Civil N° RC-000136, de fecha 30 de Marzo de 201.....