Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer del presente recurso.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, presentado por el ciudadano OSCAR E. ARAGUAYAN, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.002, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LACTEOS BENJUGOS C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 315, de fecha 21 de agosto del año 2002, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS. TERCERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de los efectos.