Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada. Se revoca la sentencia de fecha 17 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales incoaran los ciudadanos Jean José Palmares y Jean Carlos Palmares, contra la empresa VENEZOLANA DE SEGURIDAD BM, C.A., ambas partes ya identificadas. Se repone la causa, al estado de que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, debiendo el Juez conceder a la parte demandada el término de la distancia.