este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano SERGIO JOSE ESCALONA VELIZ, titular de la cedula de identidad N° V- 17.570.226, Venezolano, de estado civil Soltero, de 33 años de edad, nacido en fecha 11-12-84, natural de Caracas Distrito Capital, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: SECTOR RIO BLANCO I URBANIZACION DOÑA PAULA, VEREDAS LAS GLADIOLAS, CASA N° 66, MARACAY ESTADO ARAGUA, TELEFONO 0424-365 0955, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, pena ésta que hab.....