Decisiones del dia 04/10/2006
N° Expediente :
AP21-R-2006-000944
N° Sentencia :
Fecha: 04/10/2006
Procedimiento: Apelación
Partes: GUSTAVO ADOLFO MEJIAS CIVIRA CONTRA LA EMPRESA V.A. E. LA CASTELLANA, C.A.
Resumen:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS EDUARDO MANCERA, en su carácter de representante de la parte demandada debidamente asistido por abogado, en contra de la decisión de fecha 08 de agosto de 2006 dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, todo en el juicio seguido por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO MEJIAS CIVIRA contra la empresa V.A. E. LA CASTELLANA, C.A. SEGUNDO: CON LUGAR LA ACCION INTENTADA., por consiguiente se ordena a la demandada V. A. E. LA CASTELLANA, C.A, a Reenganchar al Trabajador en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de producirse el despido injustificado y cancelar los salarios dejados de percibir desde la fecha de la constancia en autos de la notificación de la demandada (04-07-06) hasta la fecha de efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales. A los fines de cuantificar los salarios dejados de.....
Juez/Ponente:
Marjorie Acevedo
Organo:
Juzgado Segundo Superior Del Trabajo
N° Expediente :
AP51-S-2006-017309
N° Sentencia :
PJ0292006000401
Fecha: 04/10/2006
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas
Partes: CIUDADANOS: SG Y JMS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 15.205.949 Y V- 15.725.783, RESPECTIVAMENTE, A FAVOR DE LOS NIÑOS (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal lo ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Todo de Conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle copia certificada de la presente resolución, para que sea entregada a los interesados. Cúmplase
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-017085
N° Sentencia :
PJ0292006000409
Fecha: 04/10/2006
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas
Partes: CIUDADANOS: GG Y LR, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 10.340.098 Y V- 16.676.307, RESPECTIVAMENTE, A FAVOR DEL NIÑO (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal lo ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Todo de Conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle copia certificada de la presente resolución, para que sea entregada a los interesados. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-017198
N° Sentencia :
PJ0292006000408
Fecha: 04/10/2006
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas
Partes: SOLICITANTES: JCM Y OQ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 12.960.727 Y V- 15.892.977, RESPECTIVAMENTE, A FAVOR DE LA NIÑA (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal lo ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS, en los términos allí expuestos, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Todo de Conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle copia certificada de la presente resolución, para que sea entregada a los interesados. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente