En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: La cantidad de Bs. 675,77correspondiente al concepto de intereses moratorios calculados de acuerdo a lo sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua de fecha 30 de marzo de 2017, lo cual sumado al monto condenado de Bs. 1.991.86, resulta un total de Bs. 2.667,63.-