Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al Reconocimiento del Contenido y Firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela al folio 05, suscrito por el ciudadano ROGER RAFAEL SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.787.289 y de éste domicilio, y el ciudadano GAETANO ANTONIO CAMODECA SPELLINO, Italiano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° E-868.360 y de éste domicilio, cabe destacar que la presente homologación solo abarca el Reconocimiento hecho por las partes de la firma y el contenido del documento privado objeto del presente juicio y así se decide.