Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Aragua , administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por el ciudadano WILLIAM RAFAEL OBISPO TORRES, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-12.855.648, contra la Providencia Administrativa Nº 00315-14, de fecha 31 de Marzo del año 2014, emanada de la Inspectoría de Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, con sede en Cagua, Estado Aragua, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la cual queda FIRME.