Por todas las consideraciones antes hechas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, en aplicación de la norma contenida en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y bajo el amparo de los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: la INADMISIBILIDAD DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado el ciudadano RIVAS MEZA JOSMEL MANUEL, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.450.359, actuando debidamente asistido por el abogado YURII ALCINA SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.229.871, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 155.977, interpuso RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, COSTA DE ORO, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, LINARES ALCANTARA, LIBERTADOR Y MARIÑO D.....