En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: HOMOLOGA el desistimiento del recurso ordinario de apelación ejercido contra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada en fecha 24 de mayo de 2022, cuyo extenso fuere publicado en fecha 31 de mayo de 2022, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los abogadosJOSÉ GIOVANNI VERGINE y DANIEL JESÚS HERNÁNDEZ SARMIENTO, actuando en su condición de apoderados judiciales del presunto agraviado, ciudadano FERNANDO JOSÉ BERMÚNEZ RAMOS, por aplicación de lo estatuido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.