Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por la ciudadana SOR ERNESTINA ALVAREZ DE DIAZ, cédula de identidad N° V-7.287.130, debidamente asistido por la abogada CARMEN ORDOÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.120.068, en su carácter de trabajadora, y por la entidad de trabajo AGROPORC CA representada por la abogada LUANGETH GIL, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.116.894.
SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: .....