Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentara la ciudadana ELIZABETH JOSEFINA ARAQUE ARCILA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-6.265.38; representada en este proceso a través de su apoderada judicial, ciudadana GINA CAZAR VÁSQUEZ, venezolana, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad número V- 11.559.775, Abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 38.287; contra el ciudadano RAFAEL JOSÉ ARAQUE ARCILA, venezolano, mayor de edad, de mayor de edad, de este domicilio; representado en este proceso a través de su apoderada judicial, ciudadana.....