DE LA DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 02 de diciembre de 2024, por el abogado JOSÉ GREGORIO MORA MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.773, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil ALIMENTOS DEL JARDIN C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Cojedes, en fecha 19 de agosto de 2010, bajo el Nro. 44, Tomo 11-A RM325, posteriormente, mediante acta de asamblea registrada ante el Registro Mercantil del estado Cojedes, en fecha 18 de octubre de 2011, se acordó la expansión, mudanza de la empresa y cambio de domicilio de la sociedad de comercio, siendo inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Ca.....