Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de matrimonio, presentada por la ciudadana MAIRA ALEJANDRA BOLAÑO VENERA, de nacionalidad colombiana, identificada con la cédula de identidad Nro. NUIP. 57.292.839, debidamente asistida por la abogada MARILU CAICEDO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 166.865, en forma sumaria la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO a rectificar signada con el Nº 334, folio 84, año 2018, llevada ante la unidad de Registro Civil Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, por lo que donde se lee en el sitio de la identificación del número de cedula, NUIP 57.292.839, colocaron AOO41352, el cual es mi número de pasaporte, Siendo lo Correcto mi número de cedula NUIP 57.292.839. En consecuencia, se orde.....