DECISION
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana PERSIDA PEREZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.745.833, de este domicilio, contra el ciudadano STEFANO MODESTI MAZZILLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.271.201, por la presunta violación al debido proceso, previsto en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Maracay, siete días del.....