TERCERO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos PABLO HERNAN MOSQUERA MOSQUERA y THELMA DEL CARMEN ALMEIDA DE MOSQUERA, venezolanos mayores de edad, estado civil casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V.- 22.940.051 y V.- 22.944.027 respectivamente, las cuales remplazan a los Nros. E.- 81.759.838 y E.- 81.315.040, en virtud de la nacionalización de los mismos, según Gaceta Oficial N° 5.722 de fecha 09 de julio de 2004, en fecha 14 de agosto de 1989, por ante la Prefectura Páez del Municipio Girardot del Estado Aragua, según acta 796, Tomo 4, folios 347-348 de los libros llevados .....