Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. INCOMPETENTE; para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto el ciudadano ALFREDO MIGUEL RENGIFO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.212.625, debidamente asistido por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.605, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por Órgano de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, según las motivas explanadas en el presente fallo.
2.- DECLINA la competencia para conocer, sustanciar y decidir la presente causa, a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
3.- ORDENA remitir inmediatamente el expediente a .....