Por todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la entidad de trabajo RESTOVEN DE VENEZUELA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 01 de julio de 1982, bajo el No. 16, tomo 86-A-segundo, representada judicialmente por el abogado en ejercicio Gregory Pernia, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.232.834, contra el acto administrativo contenido en Certificación Nº CMO 0103-15, expediente No. ARA-07-IE-14-1182, HM No. ARA-05690-12, realizada en fecha 01 de junio de 2015, y posterior mandato de cancelación de indemnización a través de oficio No. OFSS-ARA-CI-0179-15, dictado por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Aragua (GERE.....