Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos LEONIDAS FERNANDO MANSILLA BASTIDAS Y MAYERLIN JOSEFINA ODREMAN ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.737.848 Y 9.677.022, respectivamente, el día "10 de julio de 1990", por ante la Prefectura Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 133, Tomo 01-B, Año 1990.-