DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el recurso por abstención o carencia interpuesto por abogado Oswaldo Rojas Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.305, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa ALMAGAL, S.A., interpuso recurso de abstención o carencia la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua con sede en Cagua del estado Aragua. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza no patrimonial de la presente acción.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCIA PARA SER AGREGADA AL LIBRO RESPECTIVO.
DADA, FIRMADA Y SELLADA E.....