Oídas las exposiciones de las partes y revisadas como han sido las actuaciones que conforman la causa N° 2C-21.485-09este Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se admite la acusación presentada en fecha 26-01-2010 recibido por este tribunal en fecha 27-01-2010 por la fiscalía 19° en contra de los ciudadanos JHONNY JESUS RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad N° V-7.142.976;, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, por ser los mismos legales, necesarios y pertinentes. Así mismo se admite a favor de la Defensa el principio de la comunidad de las Pruebas, a fin de garantizar los Principios de Contradicci.....