DECISIÓN
En fuerza de los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la parte actora ciudadano GERONIMO EUSEBIO PERAZA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.225.596, contra la ciudadana MARIA EUGENIA GIL PERAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.189.070, y en consecuencia, reconocido en su contenido y firma, el documento privado donde adquirió los derechos como heredero de la difunta madre EDUARDA FLORENCIA PERAZA, respecto de una casa que ella construyó sobre terreno Municipal, ubicada en el Barrio Bolívar, Calle Simón Rodríguez N° 35, con los siguientes linderos: NORTE: La Forestal; SUR: Con Call.....