Este Tribunal vista la sentencia de fecha 09 de Junio de 2009, que corre inserta al folio 38 al 43, pasa a realizar la siguiente distribución tomando en cuenta los aumentos realizados a la fecha: :
PRIMERO: Se fija Cuatro (04) pensiones, cada una por la cantidad de TREscientos veintidós bolivares con 50/100 (Bs. 322,50).-
SEGUNDO: Por cuanto se observa, que el ciudadano EDGAR ALEXANDER PUCCINI GONZALEZ, dejo de laborar para la EMPRESA MOTO REPUESTOS UNIDO C.A., en fecha 06 de Julio de 2009; y que el niño ****, no ha recibido el pago de las pensiones correspondientes a los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Octubre de 2009, en consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Banco Banfoandes a los fines de que se haga entrega de la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON 00/100 (1290, 00 Bs.) correspondientes a las pensiones antes señaladas.
Así mismo se hace entrega de los intereses que se generen por la misma. Cúmplase lo ordenado.-